viernes, 2 de noviembre de 2007

EN SIGILO DEROGAN EL ARTICULO QUE PERMITIA INVESTIGAR LA VIOLACION AL VOTO

(por Dontriana)
DIA DE MUERTOS, Y ESTE YA APESTABA EN LA SUPREMA CORTA DE LA NACION:

En sigilo, derogan facultad de la Corte en materia electoral

JORGE CARRASCO ARAIZAGA/APRO
MÉXICO, DF

Sin discusión pública, el Congreso de la Unión derogó la facultad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para investigar la violación al voto público.

La discusión de la reforma electoral sirvió para que, de manera sigilosa, el Congreso acordara la derogación del párrafo tercero del artículo 97 de la Constitución, que le permitía al máximo tribunal hacer, de oficio, investigaciones en el caso de violaciones al voto popular.

Esa facultad fue uno de los recursos legales de los que echaron mano simpatizantes del excandidato presidencial Andrés Manuel López Obrador para que se aclarara el cuestionado resultado de la elección del 2006, en el que se declaró ganador a Felipe Calderón.

Pero el entonces presidente de la SCJN, Mariano Azuela, se opuso en todo momento a esa ejercer esa facultad.

El ministro incluso llegó a declarar que el artículo era "anacrónico", "obsoleto", "redactado con los pies" y que por lo tanto "no servía para nada".

Sin que ninguno de los partidos diera a conocer en ningún momento la pretensión de ese cambio, el párrafo quedó derogado en la declaratoria de la reforma electoral, hecha el miércoles por la presidenta de la Cámara de Diputados, Ruth Zavaleta, del PRD.

Zavaleta informó que ese órgano legislativo emitió el proyecto por el cual el Congreso declara reformados los artículos 6º, 41, 85, 99, 108, 116 y 122. Además, se adicionó el artículo 134 y se derogó el párrafo tercero del 97.

LEER MAS


NOTA: Marianito A-suela feliz, encantado con las leyes a modo del PELELE-ESTADO MEXICANO. Y que habra recibido el PRD para ni siquiera denunciar esto ante los medios, pronto lo sabremos, no lo duden.


ESTO DECÍA EL NUEVO MUERTO DE LA POLÍTICA NACIONAL:

El párrafo establecía: "La Suprema Corte de Justicia está facultada para practicar de oficio la averiguación de algún hecho o hechos que constituyan la violación del voto público, pero sólo en los casos en que a su juicio pudiera ponerse en duda la legalidad de todo el proceso de elección de alguno de los Poderes de la Unión. Los resultados de la investigación se harán llegar oportunamente a los órganos competentes".